Dos dirigentes estudiantiles de la Universidad Fermín Toro, identificados como Werner Geisse y Rafael Parra, vivieron ayer una amarga experiencia. Fueron interceptados este viernes a eso de las seis de la tarde, cuando se disponían a retirar un material a ser repartido, en contra de la reforma, en las cercanías del Centro Comercial Río Lama.
Dos sujetos armados se los llevaron en una camioneta Trail Blazer, de color negro y sin placas. Los ruletearon por diversos lugares de la ciudad, les hacían preguntas sobre sus “planes” y les pedían la identidad de los compañeros. Los golpearon salvajemente, a uno de ellos le destrozaron el tabique nasal, liberándolos a eso de las 8:00 pm., en las cercanías del Centro Comercial Churum Merú.

Werner Geisse y Rafael Parra
De la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
Artículo 25. Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.
Artículo 46. Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral, en consecuencia:
1. Ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda víctima de tortura o trato cruel, inhumano o degradante practicado o tolerado por parte de agentes del Estado, tiene derecho a la rehabilitación.
2. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
3. Ninguna persona será sometida sin su libre consentimiento a experimentos científicos, o a exámenes médicos o de laboratorio, excepto cuando se encontrare en peligro su vida o por otras circunstancias que determine la ley.
4. Todo funcionario público o funcionaria pública que, en razón de su cargo, infiera maltratos o sufrimientos físicos o mentales a cualquier persona, o que instigue o tolere este tipo de tratos, será sancionado o sancionada de acuerdo con la ley.
Artículo 68. Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley.
Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público.
PD. Hay, en verdad, grandes diferencias en las formas políticas de la cuarta y la quinta república. Y eso es lo que me gusta de esta revolución bolivariana.
En la cuarta, la que murió en 1999 con la nueva Constitución, las protestas, diferencias y manifestaciones eran reprimidas con odio. Las torturas se hacían con odio.
En la quinta república, con la mejor Constitución del mundo, la más avanzada en derechos humanos del universo entero y sus alrededores, la cosa es distinta. Se reprime y se tortura con amor. Más que con amor, con frenesí.
Etiquetas: basura cotidiana








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